En Catamarca, el sistema parece haber encontrado una fórmula tan perversa como funcional: la ineficiencia estructural termina operando como atajo para otorgar beneficios extraordinarios. Lo que debería ser una excepción humanitaria, basada en criterios estrictamente médicos y jurídicos, se transforma en una salida recurrente ante la incapacidad —o la falta de voluntad— del Poder Judicial para garantizar condiciones mínimas dentro del Servicio Penitenciario Provincial.
Es de público conocimiento que la Corte de Justicia realiza inspecciones periódicas al penal. Sin embargo, esas recorridas parecen haber quedado reducidas a meros actos protocolares, sin consecuencias concretas. Resulta difícil de explicar que, tras años de supervisión, no se haya exigido la creación de un pabellón de salud acorde a las necesidades reales de la población carcelaria. La omisión no es menor: configura una falla estructural que hoy tiene efectos directos en la ejecución de las penas.
El problema no es solo edilicio, sino institucional. Porque cuando el sistema penitenciario no puede responder ante patologías complejas, el desenlace es siempre el mismo: condenados por delitos gravísimos —violadores, asesinos, femicidas— terminan accediendo a la prisión domiciliaria bajo el argumento de la imposibilidad de recibir atención médica adecuada. Todo, claro está, amparado en el marco de los derechos humanos, que lejos de ser el problema, terminan siendo utilizados como coartada frente a la ineficiencia judicial.
La paradoja es brutal: un domicilio particular pasa a cumplir el rol de un centro de salud de mayor complejidad que el propio sistema penitenciario. Es decir, el Poder Judicial no puede garantizar dentro de sus propias instituciones lo que luego habilita por fuera de ellas. Y en ese vacío, lo excepcional se vuelve regla.
Pero el caso de Renato Rasgido agrega un elemento aún más incómodo. Según fuentes judiciales y penitenciarias de alto nivel, el condenado podría estar cumpliendo su pena dentro del penal de Catamarca sin mayores inconvenientes. Sin embargo, parecería que accede a un beneficio extraordinario que no todos obtienen. ¿Qué explica esa diferencia? La sospecha de influencias, de criterios selectivos y de decisiones que no responden únicamente a parámetros técnicos comienza a instalarse con fuerza.
El viernes último, un puñado de funcionarios judiciales visitó el Servicio Penitenciario Provincial, en cumplimiento —al menos formal— de lo que establece la Constitución. Sin embargo, difícilmente Rasgido regrese al penal si a nuestras autoridades judiciales parece importarles poco garantizar que los abusadores condenados permanezcan donde corresponde. Todo indica que a ninguno de estos flamantes funcionarios se le ocurrió inspeccionar el área de enfermería para evaluar sus carencias y evitar que hoy Rasgido goce de un beneficio tan cuestionable. Si la recorrida se limitó a la cocina y la panadería, la sociedad catamarqueña no debería sorprenderse cuando, más temprano que tarde, haya más violadores, femicidas y homicidas en libertad.
Aquí no solo está en juego la situación de un condenado, sino la credibilidad de todo un sistema. Porque cuando la ley se aplica de manera desigual, cuando las deficiencias estructurales se convierten en excusas funcionales y cuando los beneficios parecen depender más de las influencias que de las condiciones objetivas, lo que se erosiona no es solo la ejecución de la pena, sino el principio mismo de justicia.
Catamarca enfrenta, una vez más, un problema que excede lo coyuntural. No se trata solo de mejorar la infraestructura penitenciaria, sino de revisar de fondo cómo y para quiénes funciona el sistema. Porque cuando la desidia judicial abre la puerta a privilegios selectivos, la línea entre derecho y beneficio se vuelve peligrosamente difusa.



