La fiscal de Violencia Familiar y de Género, Alejandra Antonino, dio por concluida la Investigación Penal Preparatoria y requirió la elevación a juicio de la causa seguida contra María Eduardo Carranza, imputado por el delito de «homicidio doblemente calificado por mediar una relación de pareja y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer en un contexto de violencia de género (femicidio)», en calidad de autor.
La investigación se inició de oficio el 6 de abril de 2025, luego de que personal policial informara el hallazgo sin vida de Alicia Fabiana Suárez en su domicilio del barrio Altos de Choya, en la ciudad Capital. A partir de ese momento, la Fiscalía desplegó una amplia investigación que incluyó numerosas medidas probatorias destinadas a reconstruir la mecánica del hecho y determinar la responsabilidad penal del imputado.
Durante la Investigación Penal Preparatoria se incorporaron, entre otras medidas, actuaciones policiales y judiciales, inspecciones oculares, reconocimiento del lugar del hecho, autopsia, informes médico-legales, estudios toxicológicos, pericias genéticas, psicológicas, psiquiátricas,
caligráficas y planimétricas, informes de la División Homicidios y del Laboratorio Satélite Forense, declaraciones testimoniales, análisis de antecedentes e informes socioambientales, además de diversa prueba documental y científica reunida a lo largo de la investigación.
De acuerdo con la acusación fiscal, la prueba reunida permitió establecer que Carranza, quien mantenía una relación de pareja no convivencial con la víctima caracterizada por episodios de violencia y conductas de control, la atacó en el interior de su vivienda tras una discusión. La agresión incluyó golpes y heridas provocadas con un arma blanca que le ocasionaron
lesiones mortales, determinándose mediante la autopsia que el fallecimiento se produjo como consecuencia de un shock hipovolémico secundario a heridas cortantes y un severo traumatismo en las estructuras del cuello.
El hecho fue investigado con perspectiva de género, aplicando los estándares de debida diligencia reforzada previstos en la normativa nacional e internacional vigente para los casos de violencia contra las mujeres, considerando el contexto de vulnerabilidad en el que se
encontraba la víctima y los antecedentes de violencia existentes en la relación.
Concluida la etapa de investigación, la fiscal requirió la elevación de la causa a juicio al considerar reunidos los elementos de prueba suficientes para sostener la acusación formulada contra el imputado.


